Una pregunta habitual que suele plantear bastante gente es la relativa a las diferencias entre agentes medioambientales y forestales, esto es algo que genera gran confusión cuando alguien desea prepararar por primera vez unas oposiciones de medio ambiente y no tiene muy claro que opción escoger. Hay que aclarar antes de nada una confusión habitual entre estos cuerpos, ya que tiende a asociarse a los agentes medioambientales con la administración del estado y a los agentes forestales con la administración autonómica, y esto es algo que hay que matizar, ya que es verdad que solo hay agentes forestales a nivel autonómico, pero eso es algo que depende de cada Comunidad Autónoma, por ejemplo en la Comunidad Autónoma de Castilla y León se denominan agentes medioambientales mientras que en otras, como en Madrid, se denominan como agentes forestales.
De esta forma, más que la denominación en si, lo importante en este caso es tener en cuenta las competencias de cada Administración pública, con ello podremos hacernos una idea más exacta de cual es el trabajo que va a realizar cada uno de estos agentes, normalmente las Comunidades Autónomas suelen tener las mismas competencias en materia de medio ambiente, aunque aquí también tenemos que tener cuidado con los requisitos, ya que pueden variar de una administración a otra, y en algún caso pueda que nos pidan un titulación específica para poder opositar, por ejemplo en el caso de Galicia para acceder a las escala de agentes medioambientales se requiere el título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.
Los agentes medioambientales del estado van a prestar servicio en la Administración General del Estado (AGE), principalmente dentro del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aunque podrían quedar adscritos a cualquier otro Ministerio. A grandes rasgos, el Estado hoy en día asume funciones de delimitación de un marco normativo en todo lo relativo al medio ambiente, dejando que las Comunidades Autónomas desarrollen el contenido legislativo en base al marco establecido, además es el interlocutor principal que va a relacionarse con las distintas Instituciones Europeas, pero todo esto sería a nivel de las oficinas centrales del Ministerio, un lugar menos habitual para los agentes medioambientales, que suele estar a pie de campo por toda la geografía.
Más alla de las oficinas centrales de los Ministerios (en Madrid), la AGE también se extiende por las diferentes provincias del territorio, y aquí vamos a destacar por encima de todo la gestión del agua, que no va a establecerse en base a la clásica delimitación en Ayuntamientos, Provincias y Comunidades Autónomas, ya que los ríos no entienden de clasificaciones administrativas, y se organizan en base a la geografía. De esta forma la unidad básica de gestión lo constituye la cuenca hidrográfica de los ríos, en base a las cuales se constituyen los Organismos de cuenca (Confederaciones Hidrográficas en el caso de la AGE) y aquí los agentes medioambientales si que van a estar muy presentes, realizando labores de control y vigilancia por todo el territorio de la Confederación Hidrográfica, además de servir de apoyo a los técnicos que trabajan en oficina.
Además de gestión de los recursos hídricos en las Confederaciones Hidrográficas, los agentes medioambientales jugarán un papel importante dentro de la gestión de la costa (integrados en las Demarcaciones de Costas), aunque en los últimos años se ha transferido una parte de dichas competencias a determinadas Comunidades Autónomas, por lo que la presencia aquí va a ser menor en un futuro, lo que también ocurre con los Parques Nacionales, cuya gestión recae de forma mayoritaría hoy en día en las Comunidades Autónomas (tras una sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 4/11/2004). Tanto en un caso como en otro vamos a seguir encontrando agentes medioambientales del estado, aunque en menor medida que en el caso anterior, ya que la gestión de las Confederaciones Hidrográficas es una competencia exclusiva del Estado que no comparte con las Comunidades Autónomas. A día de hoy un agente medioambiental del estado va a trabajar fundamentalmente en todo lo relacionado con el agua y la gestión de la costa y, en menor medida, dentro de los Parques Nacionales y en otros Ministerios diferente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Los agentes forestales se encuentran en las Comunidades Autónomas, aunque en alguno se denominan igualmente agentes medioambientales. Independientemente de como se denominen las funciones van a ser similares en todos los casos, realizando su función en los montes de las Comunidades Autónomas, al tener asignada dicha competencia de acuerdo con la Constitución, además podrán ejercer labores similares en el ámbito de la gestión del agua y de la costa para aquellos casos donde la Comunidad Autónoma asuma cierta competencias estatales, de forma que en ese caso la labor sería similar a la de los agentes medioambientales del estado. En todos los casos son igualmente oposiciones del Subgrupo C1, aunque tal y como se comentaba anteriormente pueden requerirse requisitos adicionales en cada Comunidad Autónoma
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