Requisitos agentes medioambientales y forestales




Requisitos generales

En esta entrada vamos a analizar cuáles son los diferentes requisitos que se establecen entre las distintas escalas de agentes medioambientales, una pregunta bastante común y que suele generar bastante incertidumbre al existir bastantes diferencias entre el acceso a la escala de agentes medioambientales del Estado y en las Comunidades Autónomas. Es importante aclarar que, en todos los casos, hablamos de funcionarios del Subgrupo C1, por lo que no va a existir diferencia en cuanto a la categoría profesional, pero sí vamos a tener diferencias tanto en la forma de acceder como en las funciones que van a realizar en cada caso. Por otra parte, también es importante aclarar que, cuando hablamos de agentes medioambientales de las Comunidades Autónomas, es lo mismo que si habláramos de agentes forestales, en cada Comunidad Autónoma se denomina de una forma diferente, pero al final la naturaleza jurídica y funciones son similares (algo que se ha analizado previamente en esta entrada del blog), y en todos los casos les sería de aplicación la reciente ley 4/2024 de agentes medioambientales.

En cuanto a los requisitos básicos, al tratarse de funcionarios del Subgrupo C1, van a ser similares en todos los casos y se encuentran regulados dentro del art. 76 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de forma que sería necesario contar con el título de Bachiller o Técnico. A mayores de este requisito básico, puede establecerse una serie de requisitos adicionales en cada caso, dependiendo de la administración a la que se encuentre adscrita la escala de agentes medioambientales o forestales.

Agentes medioambientales del Estado

En el caso de los agentes medioambientales del Estado, en cuanto a requisitos de titulación, será necesario contar únicamente con el título de Bachiller o Técnico antes indicado, sin que sea necesario aportar ninguna titulación académica adicional, junto con el carnet de conducir de clase B. Como normalmente se indica dentro de las bases de la convocatoria en cada examen, estos requisitos habría que reunirlos antes de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como personal funcionario de carrera, por lo que es imporante tenerlo en cuenta para evitar cualquier susto si no disponemos de los requisitos en la fecha de publicación de la oferta de empleo público.

Cabe resaltar que, junto con los requisitos específicos antes indicados, tenemos los requisitos generales habituales en cuanto a nacionalidad (cualquier estado miembro de la UE, EEE o Suiza), edad mínima de 16 años (sin exceder la edad de jubilación forzosa) y no haber sido apartado de la función pública o inhabilitado (dentro de las preguntas frecuentes al inicio de la página web se aclara algo más este concepto). En general, no suele haber problemas en cumplir estos requisitos, salvo casos muy puntuales, sobre todo cuando hablamos de opositores nacionales de otros países que intentan acceder a la función pública en estos casos sí es importante tener presentes estos requisitos.

Agentes forestales y medioambientales de las CCAA

Aquí la cosa se empieza a complicar un poco, ya que estas escalas tienen a veces requisitos específicos de acceso para poder presentarse al examen por ejemplo, en el caso de Galicia, se pide como titulación específica estar en posesión del título Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural (o equivalente), además de acreditar o superar un examen de conocimiento de la lengua gallega. En el resto de CCAA también existen, requisitos similares aquí se indican a continuación cuáles son los requisitos de titulación en cada caso y si es necesario acreditar el conocimiento de un segundo idioma:

¿Sería posible compatibilizar el estudio de oposiciones estatales con oposiciones a las CCAA?

Hasta cierto punto puede ser posible compatibilizar algunos temas, ya que siempre vamos a tener una cierta normativa que será de aplicación transversal, como en el caso de la Constitución Española, la ley de Procedimiento Administrativo (39/2015) o el Estatuto Básico del empleado público (RDL 5/2015), o ya si hablamos de temas específicos tenemos, por ejemplo, la Ley de aguas o la Ley de evaluación ambiental, que establecen un marco referencial en todo el territorio, aun cuando las distintas administraciones autonómicas puedan sacar sus propias normas de desarrollo de la legislación básica. Teniendo esto en cuenta esto, sí, va a haber ciertos temas que coincidirán dentro del temario, pero otros muchos estarán en relación con la propia normativa de la Administración autonómica; por lo tanto, en la mayoría de casos sí que sería necesario ampliar el temario estatal para poder ir de forma simultánea a las oposiciones autonómicas, aunque aquí conviene hacer un matiz, ya que ambos exámenes no tienen por qué coincidir; por lo tanto, puede ser interesante prepararse uno de ellos y posteriormente ampliar con los temas necesarios y presentarte también a alguna de las oposiciones autonómicas.

Es importante tener algo presente, las competencias de los agentes medioambientales o forestales de las Comunidades Autónomas suele diferir bastante de las competencias de los agentes medioambientales del estado, al menos en muchos casos, y esto se debe a las distintas competencias que asumen las Comunidades Autónomas y el Estado, de forma que la Comunidades Autónomas tiene asumidas competencias en la gestión de montes (asumiendo los agentes forestales y medioambientales las funciones en este ámbito) mientras que el Estado suele asumir las competencias en gestión del agua y la costa, aunque aquí también hay que indicar que existen algunas cuentas hidrográficas gestionadas por las Comunidades Autónomas y también, cada vez empiezan a asumir más competencias en la gestión de costas, por estas funciones pueden desempeñarse también en alguna administración autonómica. En definitiva, al existir diferencias en las competencias de las distintas administraciones, también vamos a tener diferencias en cuanto al temario para acceder a cada una de las escalas.

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