La nueva Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales

12 de diciembre de 2024




I. Objeto de las reformas de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativas tras la Ley 1/2025

Como muchos de vosotros ya conoceréis, en la actualidad los agentes medioambientales se encuentran distribuidos por una serie de distintas administraciones, incluyendo la Administración General del Estado y las distintas Comunidades Autónomas. En cada caso existían distintas regulaciones, a lo que teniamos que sumar la existencia de los guardas fluviales que, en muchos casos, aún permanecen prestando servicios como personal laboral, realizando funciones similares a los agentes medioambientales, pero con diferente naturaleza jurídica.

Con la aprobación de esta ley se busca dotar un régimen jurídico para los agentes medioambientales y forestales, con independencia de la Administración a la que se encuentren adscritos. La finalidad última sería conseguir que los agentes medioambientales y forestales desempeñen de forma adecuada las labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.

II. Detalle de las reformas de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativas tras la Ley 1/2025

La aprobación de la Ley 4/2024 supone un gran avance en la consolidación de las condiciones de trabajo de los agentes medioambientales, el papel desempeñado en las labores de policía, custodía y protección del territorio supone la exposición a situaciones de riesgo, con agresiones verbales, e incluso físicas, que en muchos casos suponía un desamparo en las labores realizadas por parte de los agentes medioambientales. Con la aprobación de esta ley los agentes medioambientales van a estar amparados bajo la aplicación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, en el ejercicio de sus funciones y, al mismo tiempo, se reconoce de manera explícita la condición de agentes de la autoridad, todo ello dentro del artículo tercero, donde se delimita la naturaleza jurídica de los agentes medioambientales

III. ¿Cuándo entran en vigor las reformas de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa tras la Ley 1/2025?

La entrada en vigor aparece recogida dentro de la Disposición final quinta de la norma, de manera que entraría en vigor a partir del 10 de noviembre de 2024, como todavía no ha salido publicada la convocatoria se trata de una nueva ley que vamos a tener que incorporar a nuestro temario, además sería una ley importante que seguro que va a incluirse en el test y, por lo tanto, es recomendable mirarla con calma y estudiarla con detenimiento.

IV. ¿Alguna duda adicional en relación con esta nueva Ley?

Si tienes cualquier duda en relación con la aprobación de esta ley, su aplicación o cualquier otro aspecto que quieres comentarnos, puedes ponerte en contacto a través del formulario de contacto que aparece indicado más abajo.


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